Capitulo XII: Derecho del Trabajo y Contrato del Trabajo
Regulación Jurídica de una actividad lícita sobre realización de tareas desarrollada por el Trabajador quien se halla en Relación de Dependencia - Subordinación respecto del Empleador a cambio de una Remuneración
- Autonoma:
- Cuando la persona esta realizando tareas por su propia cuenta y riesgo Se relaciona con el Cto. de Locación de Servicios
- Relacion de Dependencia
- Cuando la persona esta en Relación de Subordinación con respecto al Empresario(L.C.T.)
Contrato de Trabajo
- Empleador
- Asociaciones gremiales y sindicales
- Empleado
- Camara empresarial y asociaciones empresariales
Hay un contrato de trabajo que estipula como sera la relacion entre el empleador y el empleado. En este contrato se definen los derechos individuales, que solamente aplican a la relacion descrita por ese contrato.
Luego existen los derechos colectivos que se supone garantizan tanto los gremios o sindicatos como las asociaciones empresariales o las camaras empresariales.
Principios del Derecho Laboral
- Protectorio
- Simpre se aplica la condicion mas beneficiosa para el trabajador.
- In Dubio pro Operario En caso de duda sobre cual noma aplicar siempre se beneficia al trabajador
- Continuidad Contractual
- Siempre el plazo de contratacion es por tiempo indeterminado, salvo excepciones de modalidad de contrataciones.
- Justicia Social
- Equidad
- Buena Fe
- Imperatividad
- Hay ciertos derechos que están marcados legalmente.
- Son Irrenunciables.
- Se aplica el Orden Público Laboral
- Primicia de la Realidad
- Se privilegia la realidad fáctica, que otorga presunción de existencia de un vínculo laboral. Se ve la realidad de los hechos.
- Antidiscriminatorio
- Gratuidad de Procedimiento
- Razonabilidad
- Cambios Razonables
Modalidades de Contratacion
- Cto. Permantente (con un periodo de prueba de 3 meses)
- Cto. Plazo fijo
- Cto. Eventual. Cubren una situacion eventual. Estan relacionadas con un evento.
- Cto. Por temporada. Estan asocaidas a una temporada especifica.
- Cto. Por tiempo paracial.
- Cto. Por teletrabajo
- La pasantia no es un cotrato laboral
Ley de riesgos del trabajo¿?¿?
| Contingencias Cubiertas |
Contingencias NO Cubiertas |
| Enfermedades Profesionales incluídas en el Listado oficial. |
Incapacidades preexistentes acreditadas en el respectivo examen preocupacional |
| Accidentes ocurridos por el hecho o en ocasión del trabajo. |
Accidentes o enfermedades profesionales causadas por dolo del empleado. |
| Accidentes “IN-ITINERE" |
Siniestros producidos por fuerza mayor ajena al trabajo |
Entes de regulacion y supervicion
- Superintendencia del riesgo de trabajo
- Superintendencia de Seguros de la Nacion
- Comite Consultivo Permanente
Prestaciones a cargo de las ART
| Prestaciones DINERADAS |
Prestaciones en ESPECIE |
| Pago de capitales y/o Rentas Vitalicias |
Asistencia Medica y Farmaceuticas |
|
Protesis y Ortopedia |
|
Rehabilitacion |
|
Recalificacion profesional |
|
Servicio Funerario |
Sistema Integrado Previsional Argentino
- Requisitos para jubilarse:
- Trabajadora: 60 años de edad + 30 años de servicio.
- Trabajador: 65 años de edad + 30 años de servicio.